Cabo de Gata

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El cabo de Gata es un cabo localizado en el sur de la Península Ibérica, frente al mar Mediterráneo, perteneciente a el municipio de Níjar, en la provincia de Almería.

Historia

Ptolomeo se refiere al cabo de Gata como Charidemou Acra, que significa “promontorio de las cornalinas”, lugar conocido por los navegantes griegos y fenicios que pugnaron por su control. Con posterioridad, Aviano, en su Ora maritima se refiere a él como Iugum Veneris (Cabo de Venus), en referencia a la diosa de origen tartesio que los romanos identificaron con Afrodita. Para venerarla levantaron un templo en el Cerro de la Testa.

La abundancia de ágatas en el terreno, que había dado lugar al nombre fenicio, hizo retomarlo durante la Edad Media, siendo conocido como Cabo de las Ágatas. Por contracción fonética, acabó imponiéndose el que es empleado en la actualidad. Otra posibilidad que se baraja es que el término venga de una palabra latina adoptada por los árabes. De "capita" (leído esdrújulo), pasaría en árabe a "qabta" por síncopa de la "i", lo que sería actualmente un pleonasmo: el cabo de "Cabo" traducido.

En 1863 fue construido el faro del cabo de Gata, de 18 metros de altura, con destellos cada 30 segundos a más de 50 metros sobre el nivel del mar, donde se puede observar desde 30 millas de distancia. En el siglo XX se acompañó con la casa del faro y otras instalaciones a su alrededor. Este faro fue construido sobre el castillo de San Francisco de Paula (1738), que más tarde fue desartillado por la guerra de la Independencia de España.


Parque Natural Cabo de Gata

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El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar fue declarado como espacio natural protegido por el Decreto 314/1987, de 23 de diciembre. Posteriormente, la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, lo incluyó en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

El citado Parque Natural, con una superficie de 37.500 ha terrestres y 12.012 ha marinas, se sitúa en la provincia de Almería e incluye parte de los municipios de Almería, Carboneras y Níjar. Se caracteriza por su carácter semiárido, siendo uno de los pocos espacios protegidos de Europa de vocación subdesértica y esteparia y por albergar los 63 km de costa mejor conservados del litoral mediterráneo andaluz.

La peculiaridad ecológica, ambiental y paisajística de este espacio tiene su origen en la naturaleza de los substratos volcánicos que lo configuran. El complejo volcánico de Cabo de Gata constituye la parte emergida de una extensa área magmática sumergida actualmente bajo el Mar Mediterráneo, en la zona de Alborán.

En el medio marino, se encuentran las praderas más occidentales de Posidonia oceanica, que delimita las llanuras de arena y fango de los accidentados fondos rocosos.

En el medio terrestre hay que destacar la presencia de las artineras (Maytenus-Ziziphetum loti), comunidades vegetales de gran importancia ecológica y que constituyen un ecosistema semiárido cuya distribución mundial se restringe, exclusivamente, a la zona del litoral almeriense, así como a algunas localidades granadinas y murcianas. Este tipo de comunidades (matorrales arborescentes de Ziziphus) se hallan incluidas entre los Hábitats de Interés Comunitario prioritarios que se recogen en la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar fue declarado por la UNESCO Reserva de la Biosfera en noviembre de 1997.

Parte de sus fondos marinos se encuentran declarados como Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM). Esta figura de protección internacional nace del Convenio de Barcelona para la protección del medio marino y la zona costera del Mediterráneo, cuyo objetivo es frenar la degradación litoral del Mediterráneo y mejorar su estado natural.

Asimismo, el Parque Natural está designado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) desde el año 1989, conforme a la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, forma parte de la red ecológica europea «Natura 2000» instaurada por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, y Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), conforme a la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992.

Localización

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Galería

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Referencias

Este artículo incorpora material de una entrada de Wikipedia, publicada en castellano bajo la licencia GFDL.


Este artículo incorpora materia de DECRETO 37/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar





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