Josefina Huertas

De Almeriapedia
Saltar a: navegación, buscar

Biografía

Josefina Huertas, vecina de San José, fue otras de las personas que dedicó su vida a la defensa del Parque Natural de Cabo de Gata.

Como presidenta de la Asociación de Vecinos “Mar y Sol” de San José consiguió paralizar las obras, que el Tribunal Supremo declarase ilegal la licencia y la posterior demolición del inmueble conocido como “Edificio de Genoveses”.

La historia del edificio se remonta a 1983, cuando el Ayuntamiento de Níjar concedió licencia de obras para construir este inmueble a extrañas empresas radicadas en Gibraltar. La zona no era urbanizable e invadía las servidumbres de tránsito y de protección establecidas por la Ley de Costas.

Tras la sentencia, los propietarios del inmueble demandaron al Ayuntamiento de Níjar para que les indemnizara por las obras realizadas en base a una licencia municipal. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó al Ayuntamiento de Níjar a indemnizar a los empresarios.

Debido a que los concejales que habían votado a favor de la licencia ilegal deberían de abonar de su patrimonio personal la multimillonaria indemnización, el Ayuntamiento de Níjar recurrió al subterfugio, no exento de responsabilidad penal, de comprar a los “gibraltareños”, con dinero público, por 75 millones de pesetas, este edificio ilegal, en ruinas.

La Ley de Costas contempla que la única forma de legalizar la parte del edificio que no invade la servidumbre de tránsito es que la Administración Central, la Autonómica y la Municipal declaren el inmueble de Interés Público. Para ello, el Ayuntamiento de Níjar creó la Fundación Ayuntamiento-Universidad con la pretenciosa intención de impartir los cursos de verano de la Sorbona. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 puso fin a estas veleidades municipales: “Un edificio de apartamentos con piscina que invade las servidumbres de costas no puede ser declarado de interés público”.

Otro de los desesperados intentos del Ayuntamiento de Níjar para legalizar el edificio fue cortado de raíz por Dña. Josefina Huertas que se declaró en huelga de hambre. Dña. Josefina Huertas depuso su actitud gracias a la intervención de Dña. Cristina Narbona, en aquel momento Ministra de Medio Ambiente, quien prometió a Dña. Josefina Huertas que este edificio jamás sería legalizado.

Nada más tomar posesión de su cargo como Ministra de Medio Ambiente Dña. Cristina Narbona, Ecologistas en Acción le remitió una carta recordándole la promesa dada a Dña. Josefina Huertas y pidiéndole que procediese a la demolición del edifico de Genoveses y del Hotel del Algarrobico.

A la vista de que la Sra. Ministra no respondió a la carta, Ecologistas en Acción presentó un recurso Contencioso Administrativo pidiendo la demolición del edificio de Genoveses y, “casualmente”, días antes de que el Juzgado publicara la sentencia, las tres administraciones, decidieron demoler el edifico con 22 años de retraso.

Tras la demolición del inmueble, el 2 de abril de 2007 representantes del Gobierno Central, de la Junta de Andalucía y el Alcalde de Níjar procedieron a la inauguración el mirador de Genoveses, ubicado en el solar que antes ocupaba el inmueble ilegal. Desde aquel momento numerosos vecinos de la barriada de San José solicitaron que el mirador pase a llamarse Mirador de Josefina Huertas, recientemente fallecida, y a la que todos agradecían su labor en defensa del Parque.

Finalmente, el 13 de abril de 2007 en un sencillo y emotivo acto se procedió a colocación de la placa denominativa del Mirador de Josefina Huertas. Fue un acto casi familiar, en donde unas 50 personas acudieron a la cita convocados, prácticamente, por el boca a boca. La mayoría de ellos eran vecinos de San José. Presidió el acto el alcalde de Níjar, Antonio Jesús Rodríguez, y en el mismo dió las gracias a la familia de Josefina Huertas, representada por sus hermanas Natalia y Loles, que recibieron a lo largo de la mañana numerosas muestras de cariño y reconocimiento.


Imágenes

Vídeos

Enlaces externos


Referencia

Principales editores del artículo

Valora este artículo

3.3/5 (3 votos)